La noción de “conducta empresarial responsable,” introducida en las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales, expresa el estándar de conducta esperado de las empresas, independientemente de su forma jurídica, tamaño, estructura de propiedad o sector, para evitar y abordar las consecuencias negativas de sus operaciones, al tiempo que contribuyen al desarrollo sostenible de los países en donde operan.
Un componente fundamental de la conducta empresarial responsable es la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos, incluidos los principios y derechos fundamentales en el trabajo, a través de sus operaciones y de sus cadenas de valor.
Los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos clarifican las obligaciones y responsabilidades de Estados y empresas en relación a los derechos humanos en el contexto de operaciones empresariales.
El Consejo de Derechos Humanos hizo suyos los Principios Rectores en 2011
Las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales, son un código de conducta no vinculante que los países miembros y adherentes de la OCDE han acordado para promover la conducta empresarial responsable, incluyendo en relación con los derechos humanos y los derechos laborales, el medioambiente o la corrupción. Se adoptaron en 1986 y fueron actualizadas por última vez en 2011.
La Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social de la OIT[RC1] , es el único instrumento de la OIT que proporciona orientación directa a las empresas (multinacionales y nacionales) en lo que respecta a la política social y prácticas incluyentes, responsables y sostenibles en el lugar de trabajo. Fue adoptada en 1977 y actualizada por última vez en marzo de 2017.
Las normas internacionales establecen la expectativa de que todas las empresas – independiente de su tamaño, sector, contexto operativo, propiedad y estructura – deben evitar y hacer frente a las consecuencias negativas con las que están involucradas, y contribuir al desarrollo sostenible de los países donde operan.
Los instrumentos establecen que el impacto de las actividades empresariales se entienden más allá del impacto sobre la propia empresa, y, por ende, se refieren al impacto que pueden tener las actividades empresariales sobre los derechos humanos – incluidos los derechos laborales, el medio ambiente y la sociedad – tanto positivos como negativos. Estos instrumentos establecen un entendimiento común en cuanto a que las empresas pueden generar, contribuir o estar directamente vinculadas a consecuencias negativas (por medio de sus propias operaciones, productos o servicios, o a través de sus relaciones comerciales) al tiempo que proporcionan un marco acerca de cómo las empresas deben evitar y hacer frente a esos impactos.
Las empresas deben implementar la debida diligencia para identificar, prevenir, mitigar y responder a las consecuencias negativas reales y potenciales. Este proceso implica la consulta sustantiva con los grupos potencialmente afectados y otras partes interesadas relevantes. Con respecto a los derechos laborales, la consulta con los trabajadores y organizaciones de empleadores es particularmente importante. Al ayudar a las empresas a comprender los impactos de sus actividades y aclarar las expectativas en torno a la debida diligencia, estos instrumentos internacionales guían a las empresas sobre lo que deberían hacer, con el fin de que conozcan y demuestren que se están comportando de manera responsable.
La conducta empresarial responsable abarca no sólo los impactos que una empresa puede causar o contribuir a través de sus propias actividades, sino también los efectos vinculados a sus operaciones, productos o servicios a través de sus relaciones comerciales. Esto incluye: socios comerciales, entidades en toda la cadena de valor (como subsidiarias, proveedores, franquicias, licenciatarios, empresas conjuntas, inversores, clientes, contratistas, consultores, asesores financieros, jurídicos – entre otros-, así como cualquier relación no estatal o estatal).
Como parte de su deber de protección contra las consecuencias negativas de las actividades empresariales, los Estados deben tomar las medidas apropiadas para garantizar, por vía judicial, administrativa, legislativa o de otro tipo, que cuando se produzcan ese tipo de abusos en su territorio y/o jurisdicción, la(s) parte(s) afectada(s) pueda(n) acceder a mecanismos de reparación eficaces. Además, cuando las empresas determinen que han provocado o contribuido a provocar consecuencias negativas, deben repararlas o contribuir a su reparación por medios legítimos.
A nivel regional, las normas del Sistema Interamericano de Derechos Humanos establecen obligaciones que son relevantes para la conducta empresarial responsable.
En 2019, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos publicó el Informe Empresas y Derechos Humanos: Estándares Interamericanos. En él se sistematiza la jurisprudencia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (Comisión y Corte Interamericana) con el fin de clarificar, organizar y desarrollar el alcance del deber del Estado de proteger los derechos humanos en el contexto de las operaciones empresariales.
Resolución de la Asamblea General de la OEA: La promoción y protección de los derechos humanos en el ámbito empresarial (2014)
Consejo Permanente de la OEA: Sesión especial sobre Promoción y protección de los derechos humanos en el ámbito empresarial (2015)
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